Hotel Ambalá Colonial

Política de Menores de Edad

Documentos para Ingreso de Menores al Hotel

POR ESCRITO Y CON FIRMA LEGALIZADA POR NOTARIO PARA EL INGRESO DE MENORES A HABITACIONES DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE (ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 30802) Los menores de edad deben ir siempre acompañados por un adulto familiar, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 679 de 2001, la explotación y el abuso sexual de los menores de edad en el país son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes Colombianas.
Conforme a lo señalado en el artículo 2° de la Ley N° 30802, Ley que establece condiciones para el ingreso de niñas, niños y adolescentes a establecimientos de hospedaje a fin de garantizar su protección e integridad, que regula el ingreso de menores a habitaciones de establecimientos de hospedaje, les informamos que el ingreso de niñas, niños y adolescentes a las habitaciones o departamentos de nuestros establecimientos dependerá de:

Documentación para Ingreso al Hotel:
Menores de edad viajando solos, con tutor o familiares que “NO” son sus padres
  • Permiso original notarial firmado por los dos padres, indicando la aprobación del acompañante del menor:
  • Fechas de estadía.
  • Nombre del hotel.
  • Nombre de los padres del menor con número de identificación.
  • Nombre del menor con número de identificación.
  • Nombre de la persona a la que autorizan a hospedarse con el menor con número de identificación. y documentos de identidad.
  • Copia de cedulas de los padres y del acompañante.
Para Nacionales

Cuando el menor ingrese con uno o ambos padres deberá presentar:

  • Tarjeta de identidad o copia certificada del acta de nacimiento.
  • Cedula del padre acompañante o de ambos padres si el ingreso lo realiza con ambos.
  • Cuando el menor ingresa con uno de los padres, se le solicita carta de aprobación por escrito del otro padre.
Cuando el menor ingresa con un tutor (cuando el menor no tiene sus padres vivos o la potestad está a cargo del tutor) deberá presentar:
  • Escritura pública de designación de tutor o testamento de tutoría.
  • Cedula del tutor.
  • Tarjeta de Identidad del menor o copia certificada del acta de nacimiento.
Cuando el menor ingresa con un responsable, deberá presentar:
  • Autorización notarial.
  • Copia de la cedula del responsable.
  • Copia de la tarjeta del menor o copia certificada del acta de nacimiento.
Para extranjeros:
Cuando el menor ingresa con uno o ambos padres, deberá presentar:
  • Pasaporte o documento de identidad del menor.
  • Certificado o acta de nacimiento.
  • Pasaporte o documento de identidad del padre acompañante, o de ambos padres cuando ingresa con ambos.
Cuando el menor ingresa con tutor, deberá presentar:
  • Documentación que demuestre la relación judicial o legal entre ambos.
  • Pasaporte o documento de identidad del tutor.
  • Pasaporte o documento de identidad del menor de edad.
  • Certificado o acta de nacimiento.
Cuando el menor ingrese con responsable, deberá presentar:
  • Autorización escrita y con firma legalizada por notario.
  • Pasaporte o documento de identidad del responsable.
  • Pasaporte o documento de identidad del menor.
  • Certificado o acta de nacimiento.

Se exceptúa de este requisito a las personas mayores de dieciséis (16) años con capacidad adquirida por matrimonio o título oficial conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 46° del Código Civil, quienes deberán acreditar dicha situación jurídica con los instrumentos públicos correspondientes.(Partida de Matrimonio)
Cabe señalar que en caso de duda sobre la documentación que se presente, o ante la ausencia de la misma, los encargados de nuestros Hoteles darán aviso al Ministerio Público, a la Policía Nacional o al gobierno local, cuyo representante actuará en el ejercicio de sus funciones.